DELITOS ELECTORALES

  1. Perturbación de certamen democrático (art. 386 CP): Este delito ocurre cuando una persona interfiere o impide el desarrollo normal de una votación, su escrutinio o la realización de un cabildo abierto, mediante engaños, manipulaciones o montajes (maniobras engañosas). No exige necesariamente violencia: basta con que se altere el proceso de forma fraudulenta.
  2. Constreñimiento al sufragante (art. 387 CP): Este delito protege la libertad del voto. Se configura cuando alguien amenaza, presiona o intimida a una persona para obligarla a votar de cierta manera, apoyar a un candidato, votar en blanco o abstenerse, o cuando directamente se le impide votar.
  3. Fraude al sufragante (art. 388 CP): Aquí el problema no es la amenaza, sino el engaño. Este delito ocurre cuando alguien logra que otra persona vote en determinado sentido mediante información falsa, manipulación o simulaciones (por ejemplo, mentir sobre candidatos, reglas del voto, consecuencias, etc.).
  4. Fraude en inscripción de cédulas (art. 389 CP): Este delito ocurre cuando se traslada artificialmente el censo electoral, es decir, cuando una persona se inscribe o logra que otros se inscriban para votar en un lugar donde no viven ni han nacido, con el objetivo de alterar el resultado de una elección.
  5. Elección ilícita de candidatos (art. 389A CP): Se configura cuando una persona es elegida para un cargo de elección popular a pesar de estar legalmente inhabilitada por una decisión judicial, disciplinaria o fiscal.
  6. Corrupción de sufragante (art. 390 CP): Este es el clásico delito de compra de votos, pero ampliado: no solo incluye dinero, sino contratos, promesas, dádivas, beneficios propios o para terceros.
  7. Tráfico de votos (art. 390A CP): Aquí no se compra un voto individual, sino que se negocia colectivamente el voto de un grupo de personas. Usualmente ocurre cuando líderes comunitarios, intermediarios o estructuras ofrecen “paquetes de votos” a cambio de dinero, contratos o favores.
  8. Voto fraudulento (art. 391 CP): Se presenta cuando una persona se hace pasar por otra, vota más de una vez, o vota sin tener derecho legal.
  9. Favorecimiento de voto fraudulento (art. 392 CP): Este delito es propio de servidores públicos. Ocurre cuando, teniendo la obligación de proteger el proceso electoral, permiten o facilitan que se cometa voto fraudulento. No es necesario que ellos mismos voten: basta con que dejen pasar la irregularidad.
  10. Mora en la entrega de documentos electorales (art. 393 CP): Se comete cuando un servidor público no entrega oportunamente los documentos necesarios para el escrutinio (tarjetones, actas, sellos, arca triclave).
  11. Alteración de resultados electorales (art. 394 CP): Se configura cuando se modifican los resultados por medios distintos a los delitos anteriores: cambiar cifras, introducir tarjetones, manipular actas, etc.
  12. Ocultamiento, retención o posesión ilícita de cédulas (art. 395 CP): Ocurre cuando alguien hace desaparecer, guarda o retiene documentos de identidad para impedir que las personas voten.
  13. Financiación de campañas con fuentes prohibidas (art. 396A CP): Se comete cuando se usan recursos ilegales o prohibidos para financiar campañas.
  14. Violación de topes de gastos (art. 396B CP): Este delito se configura cuando una campaña se financia con recursos cuyo origen es ilícito o cuya procedencia está expresamente prohibida por la ley, como dinero del narcotráfico, grupos armados, corrupción, gobiernos extranjeros, funcionarios públicos, aportes anónimos o bienes en extinción de dominio, entre otros.
  15. Omisión de información del aportante (art. 396C CP): Ocurre cuando alguien aporta a una campaña y no lo reporta conforme a la ley. Protege la transparencia financiera.
  16. Intervención en política : Constituye delito y falta disciplinaria gravísima cuando un servidor público, aprovechando el poder, la autoridad o los recursos asociados a su cargo, interviene indebidamente en actividades políticas para favorecer o perjudicar a una opción electoral, partido, candidato o campaña.

FALTAS DISCIPLINARIAS Y PROHIBICIONES A SERVIDORES PÚBLICOS (NO SIEMPRE SON DELITOS PENALES)

Participación de autoridades en actos proselitistas: Ocurre cuando gobernadores, alcaldes, secretarios o directivos de entidades descentralizadas participan, promueven o financian reuniones de carácter proselitista.

Uso del cargo para fines políticos: Ocurre cuando un servidor público utiliza su empleo, funciones o jerarquía para presionar a subalternos, contratistas o ciudadanos a apoyar una causa, partido o campaña política.

Presiones, amenazas o incentivos desde cargos públicos: Se presenta cuando se ofrecen ascensos, bonificaciones, contratos, beneficios administrativos o se amenaza con despidos, traslados o represalias para influir en el comportamiento electoral de otras personas.

Uso indebido de recursos públicos con fines electorales: Consiste en utilizar bienes, dinero, vehículos, oficinas, bases de datos, personal o cualquier recurso estatal para beneficiar una campaña, candidato o partido político.

Prohibición de aportes políticos por parte de servidores públicos: Ocurre cuando un servidor público contribuye, directa o indirectamente, con dinero, bienes o servicios a campañas o partidos, o induce a otros a hacerlo, salvo las excepciones legales.

Nepotismo y conflictos de interés con fines políticos: Se presenta cuando un servidor público nombra, postula o contrata personas con las que tiene vínculos de parentesco o relaciones de interés, o que intervinieron en su propia designación, para favorecer intereses políticos.

Recepción de beneficios de gobiernos o entidades extranjeras: Ocurre cuando un servidor público acepta cargos, honores, recompensas o contratos con gobiernos extranjeros u organismos internacionales sin autorización legal.

Doble asignación del Estado: Se presenta cuando una persona desempeña más de un empleo público o recibe simultáneamente más de un salario proveniente del tesoro público, salvo excepciones legales.

Contratación en conflicto de intereses: Ocurre cuando un servidor público celebra contratos con entidades públicas o con privados que administran recursos públicos, directamente o por interpuesta persona, sin estar dentro de las excepciones legales.

Uso político de la publicidad estatal: Se presenta cuando se aumentan los recursos de publicidad oficial o se utilizan para hacer propaganda política o favorecer a una campaña.

Manipulación de la nómina pública en época electoral: Ocurre cuando se realizan vinculaciones, ascensos, traslados o modificaciones de personal sin justificación funcional durante periodos electorales.

Contratación directa indebida en época electoral: Se configura cuando se celebran contratos directos sin estar dentro de las excepciones legales (defensa, emergencias, crédito público, etc.).

Uso electoral de programas sociales y obras públicas: Se presenta cuando se usan programas sociales, inauguraciones de obras, entrega de beneficios o recursos públicos para hacer campaña o favorecer candidatos.

VIOLACIÓN DE NORMAS ELECTORALES (NO PENALES)

Obstaculización administrativa del proceso electoral: Ocurre cuando se ponen trabas injustificadas a inscripciones, acreditaciones, testigos electorales o trámites de participación.

Propaganda electoral por fuera de los tiempos permitidos: Consiste en hacer campaña antes o después de los periodos autorizados por la ley.

Propaganda en lugares prohibidos: Se presenta cuando se instalan vallas, afiches o publicidad en bienes públicos, monumentos, infraestructura estatal o sin autorización del propietario.

Uso indebido de símbolos y logos: Ocurre cuando se utilizan símbolos patrios, logos de otras organizaciones o signos que puedan inducir a confusión.

Exceso de publicidad electoral: Se da cuando una campaña supera los límites de piezas, vallas, cuñas o espacios autorizados.

No retiro de propaganda después de elecciones: Consiste en dejar publicidad instalada una vez finalizado el proceso electoral.

Irregularidades en la financiación (no penales): Incluye no reportar correctamente ingresos y gastos, no valorar aportes en especie, o presentar informes incompletos o tardíos.

Incumplimiento de reglas sobre encuestas: Ocurre cuando se publican encuestas sin cumplir requisitos técnicos, sin metodología o en periodos prohibidos.

Desinformación electoral: Se presenta cuando se difunde información falsa o engañosa sobre candidatos, reglas de votación o resultados, sin que necesariamente configure delito penal.